Pedro, me condenaron a 30 años de cárcel… dicen que me cague en la constitución…
Papa, diles la verdad… no quedaba mas papel higiénico…
La sentencia en primera instancia contra el ex dictador Juan María Bordaberry de la jueza penal de 2º turno Mariana Motta, introdujo un elemento sin precedentes al condenarlo por el delito de atentado a la Constitución. Motta indicó que “comete tal ilícito el ciudadano que, por actos directos, pretendiere cambiar la Constitución o la forma de gobierno por medios no admitidos por el derecho público interno”, y estableció que “la prueba necesaria para alcanzar los elementos de convicción suficientes a fin de decidir el procesamiento bajo tal imputación era sencilla”, ya que “bastaba analizar el alcance del decreto Nº 464/973”. Ese decreto, difundido en la madrugada del 27 de junio de 1973 y firmado por Bordaberry como presidente de la República, determinó la disolución del Parlamento, “cercenando uno de los pilares básicos del sistema democrático, el más importante, la separación de poderes”.
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